Cargando Don Pancho

CONDICIONES DECOMPRA

Para acceder a la plataforma de compra y poder realizar y gestionar reservas, se deberá cumplimentar los datos que se solicita en el formulario de reserva. Los precios son con IVA incluido. El idioma utilizado por la empresa será el castellano.


Para llevar a cabo la realización de una reserva a través de la plataforma electrónica, deberá seguir los pasos siguientes:



a) Introducir nombre, DNI, teléfono y correo electrónico.
b) Seleccionar número de adultos.
c) Seleccionar número de niños.
d) Introducir texto de la imagen.
e) Confirmar reserva.
f) Confirmar datos de compra/Pagar
g) Imprima la reserva.


Procedimiento de pago


El pago se realizará por los siguientes medios:


Tarjeta de crédito / débido


Procedimiento de entrega


Una vez efectuado el pago de su paseo a través de nuestra pasarela no olvide imprimir su resguardo o haga captura de pantalla.


Cambios o devoluciones


Existen hojas de reclamaciones a disposición del consumidor y usuario. Si lo desea, puede solicitarlas en la embarcación Don Pancho o en la siguiente dirección de correo electrónico: gestor@aguilasst.com
En caso de existir discrepancia, desistimiento o disconformidad deberá ponerlo en nuestro conocimiento, por escrito, en el siguiente correo electrónico: gestor@aguilasst.com en el plazo máximo de 14 días, a contar desde la fecha en que se haya realizado la reserva con los siguientes datos:


D Dª ……………………………………………………………………(i), con DNI………………………………… (ii), por la presente comunico que desisto de mi reserva del paseo en el Barco Don Pancho con fecha ……………………………….(iii) e importe ……………………….. (iv)
A tal efecto ruego realicen la devolución del importe abonado en……………………………………………………………………………
concepto de precio en el número de cuenta siguiente:……………………………………………………………………………

 

(i) Nombre y apellidos.
(ii) DNI.
(iii) Fecha.
(iv) Importe 

 

Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Artículo 103. Excepciones al derecho de desistimiento.


El derecho de desistimiento no será aplicable a los contratos que se refieran a:


a) La prestación de servicios, una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, cuando la ejecución haya comenzado, con previo consentimiento expreso del consumidor y usuario y con el reconocimiento por su parte de que es consciente de que, una vez que el contrato haya sido completamente ejecutado por el empresario, habrá perdido su derecho de desistimiento.
b) El suministro de bienes o la prestación de servicios cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no pueda controlar y que puedan producirse durante el periodo de desistimiento.
c) El suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor y usuario o claramente personalizados.
d) El suministro de bienes que puedan deteriorarse o caducar con rapidez.
e) El suministro de bienes precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y que hayan sido desprecintados tras la entrega.
f) El suministro de bienes que después de su entrega y teniendo en cuenta su naturaleza se hayan mezclado de forma indisociable con otros bienes.
g) El suministro de bebidas alcohólicas cuyo precio haya sido acordado en el momento de celebrar el contrato de venta y que no puedan ser entregadas antes de 30 días, y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado que el empresario no pueda controlar.
h) Los contratos en los que el consumidor y usuario haya solicitado específicamente al empresario que le visite para efectuar operaciones de reparación o mantenimiento urgente; si, en esa visita, el empresario presta servicios adicionales a los solicitados específicamente por el consumidor o suministra bienes distintos de las piezas de recambio utilizadas necesariamente para efectuar las operaciones de mantenimiento o reparación, el derecho de desistimiento debe aplicarse a dichos servicios o bienes adicionales.
i) El suministro de grabaciones sonoras o de vídeo precintadas o de programas informáticos precintados que hayan sido desprecintados por el consumidor y usuario después de la entrega.
j) El suministro de prensa diaria, publicaciones periódicas o revistas, con la excepción de los contratos de suscripción para el suministro de tales publicaciones.
k) Los contratos celebrados mediante subastas públicas.
l) El suministro de servicios de alojamiento para fines distintos del de servir de vivienda, transporte de bienes, alquiler de vehículos, comida o servicios relacionados con actividades de esparcimiento, si los contratos prevén una fecha o un periodo de ejecución específicos.
m) El suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material cuando la ejecución haya comenzado con el previo consentimiento expreso del consumidor y usuario con el conocimiento por su parte de que en consecuencia pierde su derecho de desistimiento.

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